viernes, 11 de abril de 2008

Los médicos recetan spray de marihuana para el dolor

EN CATALUÑA, ESPAÑA


El Departamento de Salud catalán lo autorizó a enfermos de sida, esclerosis múltiple y cáncer, cuyo dolor no se alivie con fármacos convencionales.

Desde el miércoles los médicos catalanes se encuentran autorizados a recetar extracto de cannabis en spray a los pacientes que sufran esclerosis múltiple, sida y a las mujeres afectadas por cáncer de mama que reciban quimioterapia y cuyo dolor no se alivie con fármacos convencionales.

La medida fue impulsada por el departamento de Salud del Gobierno de Cataluña a raíz de un ensayo clínico realizado en el último año y medio entre 207 enfermos.

El estudio indicó que casi la mitad de los pacientes afectados con las enfermedades mencionadas mejoraron su estado con el tratamiento del spray sublingual de cannabis.

La investigación fue realizada por seis hospitales catalanes y 75 farmacias, que ayudaron a los enfermos a establecer la dosis diaria necesaria para eliminar los síntomas que pretendían aliviar.

Las conclusiones arrojadas llevaron a la Agencia Española del Medicamento, un organismo del Ministerio de Sanidad, a gestionar la adquisición del producto.

Fuente

Volviendo a lo natural, alejandose de drogas de laboratorios!

miércoles, 9 de abril de 2008

La Despenalización ya está en el Congreso!

El Senado y Cámara de Diputados: La diputada Diana Conti presentó un proyecto para reformar y derogar varios artículos de la ley de narcotráfico para que la tenencia de drogas para consumo personal no sea penado.

En la fuente se menciona tambien esto...
"Cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circustancias, surja inequivocamente que ella está destinada a obetener estupefacientes para uso personal, el hecho no sera punible"
Esto quiere decir, que el autocultivo tambien sera despenalizado hermanos!!!!!!

SI AL AUTOCULTIVO, CULTIVA TUS CONOCIMIENTOS, NO AYUDES A LOS TRANZAS Y NARCOS QUE TE JODEN LA SALUD!!!

DESPENALIZACION DE LA TENENCIA DE DROGAS

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyase el último párrafo del artículo 5 de la ley 23.737, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"En el caso del inciso a), cuando por la escasa cantidad sembrada o cultivada y demás circunstancias, surja inequívocamente que ella está destinada a obtener estupefacientes para uso personal, el hecho no será punible."

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el último párrafo del artículo 14 de la ley 23.737, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, surja inequívocamente que la tenencia es para uso personal, el hecho no será punible."

ARTÍCULO 3°.- Deróganse los artículos 17, 18, 21 y 22 de la ley 23.737.
ARTÍCULO 4°.- Modifícase el artículo 19 de la ley 23.737, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 19º.- La medida de seguridad que comprende el tratamiento de desintoxicación y rehabilitación, prevista en el artículo 16 se llevará a cabo en establecimientos adecuados que el tribunal determine de una lista de instituciones bajo conducción profesional reconocidas y evaluadas periódicamente, registradas oficialmente y con autorización de habilitación por la autoridad sanitaria nacional o provincial, quien hará conocer mensualmente la lista actualizada al Poder Judicial, y que será difundida en forma pública.
"El tratamiento podrá aplicársele preventivamente al procesado cuando prestare su consentimiento para ello o cuando existiere peligro de que se dañe a sí mismo o a los demás.
"El tratamiento estará dirigido por un equipo de técnicos y comprenderá los aspectos médicos, psiquiátricos, psicológicos, pedagógicos, criminológicos y de asistencia social, pudiendo ejecutarse en forma ambulatoria, con internación o alternativamente, según el caso.
"Cuando el tratamiento se aplicare al condenado su ejecución será previa, computándose el tiempo de duración de la misma para el cumplimiento de la pena. Respecto de los procesados, el tiempo de tratamiento suspenderá la prescripción de la acción penal.

ARTÍCULO 5°.- Modifícase el artículo 20 de la ley 23.737, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 20º.- Para la aplicación de los supuestos establecidos en el artículo 16 el juez, previo dictamen de peritos, deberá distinguir entre el delincuente que hace uso indebido de estupefacientes y el adicto a dichas drogas que ingresa al delito, para que el tratamiento de rehabilitación en ambos casos, sea establecido en función de nivel de patología y del delito cometido, a los efectos de la orientación terapéutica más adecuada."

Fuente
Archivo Completo (Recomendable descargar, y leer entero)

Gente, a pasitos de la despenalización... por fin alguien se puso las pilas en este pais...
Sin embargo vamos a tener que luchar con información, la sociedad va a seguir pensando lo mismo, o peor.
Generar tolerancia es nuestro deber.


Saludos!
Buena vibra!
ccaycca@gmail.com

Juntando gente

Asi es, la gente de a poco se va interesando, eso me gusta, sin miedo...

Los ofrecidos a participar con programacion, edicion de articulos, diseño de panfletos, etc. Agreguen o envien mail a:

ccaycca@gmail.com

Tambien seran agregados al mailing los interesados.
Por cualquier consulta tienen el mail para comunicarse.

Buena vibra gente!
Falta poco para el comienzo...

viernes, 22 de febrero de 2008

Vuelve la actividad

Si gente!!! Vuelve la actividad del grupo, esta vez en la localidad de La Plata, para focalizar el movimiento primero en esta ciudad, y luego ir propagando las ideas, proyectos.

Esta vez CCA tendrá dos significados:

Conciencia Cannabis en Argentina

y

Centro de Cata en Argentina

El primer significado sera el mismo que el de antes, concientizar a la sociedad sobre el Cannabis, brindando todo tipo de información, estudios científicos, etc. Con concientizar estamos hablando de que la gente se ENTERE, y aprenda sobre los usos, beneficios, daños, que esta planta contiene.

No incitamos al consumo, solo queremos informar y abrirle los ojos a la gran cantidad de gente, que NO ha consumido, No se ha informado, y también a las que consumieron y consumen, ya que mayoría de estas personas NO tienen idea de las cualidades de la planta, ya que en este, como en tantos otros países, se mantiene a la sociedad ignorante, transformando la información, ocultándola o borrándola de los archivos, para que nadie llegue a conocer la verdad.

Por suerte, en Internet se pueden encontrar muchas recopilaciones de estudios científicos y demás, charlando con consumidores experimentados también se adquiere mucha info.

Hay vías de consumo, las cuales no dañan el cuerpo humano, una de ellas es el vaporizador, en la próxima actualización, colocare como armar uno casero, con cosas que podes encontrar en el galpón de tu casa.

El segundo, Centro de Cata en Argentina, es bien complejo, y esta en desarrollo, pero podemos decir que se viene con tuti... proximamente más información :)


Esto vuelve con todo, así que cualquier consulta, idea, mensaje de apoyo, o contacto, envíen un mail a:

CCAyCCA@gmail.com

Buena vibra gente!
Saludos coordiales
MonitoGalactico

domingo, 15 de abril de 2007

La infonomía es peor que la marihuana:

Eso dice un estudio, que ya sabemos que hay estudios para todo, sobre el impacto en el coeficiente intelectual de tomar marihuana. ¿Y qué es eso de la infonomía? Pues el que te distraigan mientras trabajas con correitos y llamadas de teléfono. Hay que joderse, ¿y qué pasa con los que fuman mientras trabajan y les llegan correos y llamadas?

Lo cuentan en la Bbc
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FUENTE

El Cañamo de las Indias:

Acá en resumen les entregamos algunos links rápidos a varios hechos interesantes:

- Los antiguos usos rituales del Cannabis
- El Cañamo como estandarte subversivo en las colonias europeas
- Los inmigrantes mexìcanos y los intereses econòmicos detràs de la Marihuana Tax Act
- Los usos bèlicos del Càñamo
- Cinco prìncipios bàsicos para evaluar la calìdad de la Marihuana
- Holanda, un caso de excepciòn
- Banco de semillas holandeses
- Efectos del cannabis en el campo energètico humano
- Una planta sagrada que al profanarse ha perdido su espìritu
- Efectos del cannabis en el sistema de Chakras
- FARMACOLOGIA - LEER

Fuente:
Psicoactivos

Formas de Consumo:

Las formas de consumo de esta planta son muy variadas.
1- La más común es fumandola.

2- Puede ser en cigarrillos armados, en pipas (normales, de agua, bongs, etc.)
3- Por vía oral en comidas, salsas, yogures, leche, mantequilla, licores, infusiones, etc.
4- Vaporizada
5- Sintetizada en laboratorios.
6- Hachís y aceite de hachís, etc.

Tip: Una forma económica y mas sana de consumirla es con pipas de agua o bongs.

Pipas de Agua::
El humo pasa a través del agua filtrándose y enfriándose, se limpia de los tóxicos que se le ponen (al paraguayo), y no quedan partículas volátiles ni cenizas, provocando menos daño a la garganta y pulmones. Estas pipas se pueden hacer de forma casera o comprarlas (en algunos lugares está prohibido...).

Vaporizadores (la màs recomendada, al igual que las infusiones, comidas):
La forma mas saludable es vaporizándola, para ello hace falta un vaporizador eléctrico, que calienta el cannabis a baja temperatura y sin combustión, produce un vapor con el contenido de THC. Ese vapor, solo contiene unas pocas substancias: agua, THC, CBD, etc. En cambio la combustión produce mas de 111 substancias volátiles. Con estos aparatos, no se produce daño alguno al cuerpo ni al cerebro.
Lamentablemente, muchos gobiernos PROHIBEN este tipo de aparatos, obligando a que sean costosos y difíciles de conseguir, mediante esta hipócrita acción obligan a los usuarios a fumarla de formas mas dañinas. Cuestan entre 100 y 600 dólares.
Vaporizador “Vulcano”

Opciòn: Usar la clasica tecnica del baño de vapor... una cacerola, un colador con el cannabis arriba, y una toalla que no deje escapar el vapor, preguntenle a la abuela como hacerlo.. :)
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Aca actualìzado
Saludos y abrazos!
CCA

Fuentes:
Bongs, pipas de agua, vaporizaciòn...
Recetas Cannabicas. MUY RECOMENDADO